| Un autónomo en Bizkaia puede deducirse en su IRPF foral los gastos que estén vinculados a su actividad, justificados con factura y anotados en su contabilidad. La clave está en el criterio de «afectación»: el gasto tiene que ser necesario para generar tus ingresos. Ahí es donde se juega todo, y donde más gente mete la pata. |
«¿Esto me lo puedo deducir?» es probablemente la pregunta que más nos hacen los autónomos. Y la respuesta honesta casi siempre empieza por «depende». No porque queramos escurrir el bulto, sino porque en Bizkaia, como en el resto del régimen foral, la deducibilidad de un gasto se apoya en un principio sencillo de enunciar y difícil de aplicar: el gasto tiene que estar afecto a la actividad.
Traducido: tiene que ser un gasto que hayas tenido para poder trabajar y ganar dinero. Si es así, y lo tienes justificado con factura (no un ticket) y bien anotado, en general va. Si es un gasto personal disfrazado, tarde o temprano te lo tumban.
Los que casi nunca dan problema
Hay una lista de gastos que, si son de tu actividad, no suelen generar discusión:
- Compras de mercancía, material y suministros que usas para trabajar.
- Cuota de autónomos y seguros ligados a la actividad.
- Servicios de profesionales: tu asesoría, un abogado, un diseñador que subcontratas.
- Software, herramientas y suscripciones que usas para tu trabajo.
- Alquiler del local u oficina, y sus suministros.
- Formación relacionada con lo que haces.
Los dudosos (donde hay que hilar fino)
Aquí es donde conviene tener a alguien que conozca el criterio de la Hacienda Foral de Bizkaia, porque la teoría y la práctica no siempre coinciden.
El coche y la gasolina son el clásico: para un autónomo, salvo que el vehículo esté afecto en exclusiva a la actividad (taxis, transporte, comerciales con ciertos requisitos), Hacienda es muy restrictiva. Las comidas con clientes se admiten con límites y siempre que sean razonables y justificadas. El teléfono y la conexión, si usas la misma línea para todo, solo en la parte proporcional al uso profesional. Y si trabajas desde casa, puedes imputar una parte de los suministros según los metros afectos, pero con criterio, no el 100%.
Los que te van a rechazar
Por mucho que te lo hayan contado en una barra de bar, hay cosas que no cuelan: la ropa que no sea específica de trabajo, tus vacaciones «que aprovechaste para pensar en el negocio», la compra del supermercado, o regalos personales. Si Hacienda entra a mirar, esos gastos se caen y encima te pueden abrir la puerta a revisar el resto.
El consejo que damos siempre es el mismo: ante la duda, guarda la factura y pregunta. Es mucho más barato preguntar antes que regularizar después.
Factura sí, ticket no
Un detalle que cuesta dinero a mucha gente: para deducir un gasto necesitas factura completa con tus datos, no un ticket. El café, la gasolinera o la ferretería te dan un ticket por defecto; si ese gasto es de tu actividad, pide factura. Sin ella, aunque el gasto sea real y esté afecto, te quedas sin deducirlo.
Preguntas frecuentes
Solo si el vehículo está afecto en exclusiva a tu actividad, y para la mayoría de autónomos eso es difícil de justificar. La Hacienda Foral es especialmente restrictiva con el coche de uso mixto.
Sí, dentro de unos límites y siempre que sean razonables, estén justificadas y guarden relación con la actividad. Conviene no abusar y conservar la factura y el motivo.
Necesitas factura completa con tus datos. El ticket no permite deducir el gasto, aunque sea real y esté afecto a tu actividad.
Puedes imputar una parte de los suministros en proporción a los metros de la vivienda que dedicas a la actividad. No se admite el 100% ni una cifra inventada.
