Sueldo o dividendos: cómo cobrar del dueño de una SL en el País Vasco pagando lo justo

En 2026 una micro o pequeña empresa vasca tributa al 20% en el Impuesto sobre Sociedades y el dividendo vuelve a tributar en el IRPF foral entre el 19% y el 28%, mientras que el sueldo tributa en la escala general, del 23% al 49%. La regla práctica: el sueldo sale más barato mientras tu tipo marginal sea del 35% o menos (base general hasta 54.240 €); por encima, el dividendo suele costar menos. En nuestro caso con 80.000 € de beneficio en Bizkaia, la mezcla ajustada deja 58.213 € netos frente a 56.962 € cobrando todo como sueldo.

¿Cómo tributa el sueldo del socio y cómo el dividendo?

El sueldo es gasto deducible para la SL y rendimiento del trabajo para ti, en la base general del IRPF foral. El dividendo sale del beneficio que ya pagó Sociedades y tributa otra vez en tu base del ahorro.

Esa doble imposición es la clave. Cada euro de dividendo ha pagado antes el 20% (o el 24%) de Impuesto sobre Sociedades. Con un IS del 20% y un tramo del ahorro del 24%, el coste efectivo de un euro repartido es 1 – 0,80 × 0,76 = 39,2%. Con el tramo del 22%, baja al 37,6%. El sueldo, en cambio, cuesta tu tipo marginal: 35% hasta 54.240 € de base, 40% a partir de ahí y hasta el 49%.

En Bizkaia, los primeros 1.500 € de dividendos al año están exentos en el IRPF. Gipuzkoa y Álava aplican una exención similar.

¿Qué tipos se aplican en 2026 en cada territorio?

Los tres territorios mantienen en 2026 tipos del IS iguales entre sí y más bajos que el estatal (25%), y aplican la misma escala del IRPF. Las diferencias están en deducciones y reglas concretas, no en los tipos.

Concepto 2026BizkaiaGipuzkoaÁlava
IS tipo general24%24%24%
IS pequeña empresa y microempresa20%20%20%
Tributación mínima pequeña empresa15% (13% si crea empleo)15% (13%)15% (13%)
IRPF base general23% a 49%23% a 49%23% a 49%
IRPF base del ahorro19% a 28%19% a 28%19% a 28%
Minoración de cuota1.615 €1.615 €1.615 €

Es microempresa la que tiene un volumen de operaciones o un activo de hasta 2 millones de euros y menos de 10 personas en plantilla; pequeña empresa, hasta 10 millones y menos de 50 personas.

Tramos del ahorro 2026: 19% hasta 7.500 €; 20% hasta 15.000 €; 22% hasta 30.000 €; 24% hasta 50.000 €; 25,5% hasta 90.000 €; 26% hasta 120.000 €; 26,5% hasta 240.000 €; 27% hasta 300.000 €; 28% por encima. Tramos generales: 23% hasta 18.080 €; 28% hasta 36.160 €; 35% hasta 54.240 €; 40% hasta 77.450 €; 45% hasta 107.260 €; 46% hasta 142.960 €; 47% hasta 208.390 €; 49% por encima.

¿Qué conviene más con 80.000 € de beneficio en Bizkaia?

Conviene una mezcla: sueldo hasta llenar el tramo del 35% y el resto en dividendo. Cobrarlo todo como sueldo o casi todo como dividendo sale más caro.

Supuestos: SL microempresa en Bizkaia (IS 20%), 80.000 € de beneficio antes del sueldo del socio, socio único y administrador con funciones de gerencia, sin otras rentas. Se reparte todo el beneficio. Bonificación del trabajo de 3.000 € (la que corresponde con rendimientos de más de 23.000 € o con más de 7.500 € de otras rentas), exención de 1.500 € en dividendos y minoración de 1.615 €. No incluimos la cuota de autónomo societario: es obligatoria en los cuatro escenarios, es gasto deducible y la Seguridad Social computa también los dividendos del socio con control para fijar el tramo, así que afecta de forma parecida a todos.

Concepto(a) Todo sueldo(b) 30.000 € sueldo(c) 15.000 € sueldo(d) Mezcla ajustada: 57.240 € sueldo
Base imponible de la SL0 €50.000 €65.000 €22.760 €
IS (20%)0 €10.000 €13.000 €4.552 €
Dividendo repartido0 €40.000 €52.000 €18.208 €
Base general IRPF (sueldo – 3.000 €)77.000 €27.000 €12.000 €54.240 €
Cuota general24.652,80 €6.656,00 €2.760,00 €15.548,80 €
Base del ahorro (dividendo – 1.500 €)0 €38.500 €50.500 €16.708 €
Cuota del ahorro0 €8.265,00 €11.152,50 €3.300,76 €
IRPF tras minoración de 1.615 €23.037,80 €13.306,00 €12.297,50 €17.234,56 €
Impuestos totales (IS + IRPF)23.037,80 €23.306,00 €25.297,50 €21.786,56 €
Neto en el bolsillo56.962,20 €56.694,00 €54.702,50 €58.213,44 €

Paso a paso del escenario (b): la SL paga 30.000 € de sueldo y tributa por 50.000 € al 20% (10.000 €). Reparte 40.000 €. En el IRPF, la base general es 30.000 – 3.000 = 27.000 €, con cuota de 4.158,40 + 8.920 × 28% = 6.656 €. La base del ahorro es 40.000 – 1.500 = 38.500 €, con cuota de 6.225 + 8.500 × 24% = 8.265 €. Restando la minoración: 13.306 €. Neto: 70.000 – 13.306 = 56.694 €.

El escenario (d) fija el sueldo en 57.240 € para que la base general quede justo en 54.240 €, el final del tramo del 35%. A partir de ahí cada euro de sueldo pagaría un 40%, y como dividendo paga entre el 37,6% y el 39,2%. La diferencia frente a cobrarlo todo como sueldo es de 1.251 € al año.

Si no necesitas repartir todo el beneficio, dejarlo en la SL solo paga el 20% de IS hoy, y la reserva de capitalización puede reducir la base. En Grupo Asegi recalculamos este punto óptimo cada año, porque cambia con otros ingresos, la familia y las deducciones.

¿Puedo deducir el sueldo si soy administrador?

Sí, pero los estatutos deben decir que el cargo de administrador es retribuido y cuál es el sistema de retribución, y la junta debe fijar el importe máximo anual. Es un requisito mercantil del artículo 217 de la Ley de Sociedades de Capital y aplica igual en los tres territorios forales.

La llamada teoría del vínculo sostenía que, si el administrador también hace funciones de gerencia, su relación mercantil absorbe la laboral y la retribución solo se deduce si está prevista en estatutos. La normativa del IS y la jurisprudencia del Tribunal Supremo desde 2021 han flexibilizado este criterio y no tratan la retribución como liberalidad cuando responde a funciones reales. En la práctica, con estatutos que prevean retribución y un acuerdo de junta, el riesgo desaparece.

La retención sobre retribuciones de administradores es un tipo fijo: 35% con carácter general y 19% si la sociedad factura menos de 100.000 € al año. Si además tienes contrato por funciones de gerencia, revisa con tu asesor qué tabla se aplica.

¿Cuánto cuesta la cuota de autónomo societario en 2026?

En 2026 las tablas de cotización por ingresos reales siguen igual que en 2025, con un tipo total del 31,5% sobre la base elegida. El autónomo societario tiene una base mínima propia de unos 1.424 € al mes, lo que supone unos 449 € mensuales.

Si la paga la SL, es gasto deducible en el IS y, para ti, rendimiento del trabajo que a la vez se descuenta como cotización, así que el efecto en el IRPF es neutro. El detalle de tramos está en Cuota de autónomos por ingresos reales.

¿Es la EPSV una tercera vía para sacar dinero de la SL?

Puede serlo. Las contribuciones de la SL a una EPSV de empleo a favor del socio son gasto deducible en el IS y, para el socio, rendimiento del trabajo en especie que reduce su base hasta 8.000 € al año, dentro del límite conjunto de 10.000 €.

El ahorro llega por diferimiento: hoy evitas el tipo marginal (40% en el escenario a) y al cobrar en capital la parte de aportaciones se integra al 70%. La norma exige que las contribuciones a favor de socios sean proporcionales a las del resto de la plantilla y no superen 1,5 veces la media. Lo explicamos con detalle en el artículo sobre EPSV.

¿Qué pasa si me pongo un sueldo muy alto o muy bajo?

Lo que pagas a tu SL y lo que ella te paga es una operación vinculada y debe valorarse a precio de mercado. Hacienda puede ajustar un sueldo inflado (para bajar el IS) o uno simbólico (si la SL solo factura tu trabajo profesional).

Con un sueldo bajo y mucho dividendo, el riesgo es que Hacienda recalifique parte del dividendo como retribución por servicios profesionales del socio. En sociedades de profesionales existen reglas de seguridad para considerar de mercado la retribución, ligadas a que el socio reciba la mayor parte del resultado. La mezcla (d) del caso respeta este criterio mejor que la (c).

Preguntas frecuentes

¿Tributa igual el dividendo en Bizkaia que en territorio común?

No. En territorio común el ahorro tributa hasta el 30% y no hay exención de 1.500 €. En Bizkaia el tipo máximo es el 28%, a partir de 300.000 €.

¿Cuándo tengo que pagar el pago fraccionado del IS?

En el País Vasco las sociedades ingresan en octubre un pago a cuenta del 5% de la base imponible del ejercicio anterior, del que están exentas las micro y pequeñas empresas.

¿Puedo cobrar dividendos a cuenta durante el año?

Sí, si el órgano de administración lo acuerda y hay liquidez suficiente. La SL retiene el 19% del dividendo en el momento del pago.

¿Me conviene más SL que autónomo con 80.000 € de beneficio?

Como autónomo en estimación directa normal, 80.000 € de rendimiento pagarían unos 24.365 € de IRPF en Bizkaia, más que la mezcla (d); pero en simplificada restarías además entre un 10% y un 20%, y la SL tiene costes propios. El análisis completo está en Cuándo pasar de autónomo a SL.