Cómo tributan las criptomonedas en el País Vasco en 2026: IRPF, FIFO y modelo 721

En el IRPF foral, la ganancia por vender o permutar criptomonedas va a la base del ahorro, que en 2026 tributa del 19% al 28% con la misma escala en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava. Desde el ejercicio 2025, las tres normas forales aplican por ley el método FIFO: vendes primero las unidades que compraste antes. Si tienes más de 50.000 € en criptos custodiadas fuera de España, debes presentar el modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo.

Asesores analizando inversiones en criptomonedas durante una consulta sobre fiscalidad de criptomonedas en el País Vasco.

¿Cuándo tributan las criptomonedas en el IRPF foral?

Tributas cuando transmites: al vender por euros, al pagar con cripto o al cambiar una cripto por otra. Tenerlas en cartera, aunque suban, no genera impuesto en el IRPF.

La ganancia o pérdida es la diferencia entre el valor de transmisión y el de adquisición. Las comisiones de compra suman al coste y las de venta restan del importe obtenido. Las tres normas forales recogen ya una regla expresa para la “transmisión a título oneroso de criptoactivos fungibles”, con efectos desde el 1 de enero de 2025.

Las recompensas de staking o los airdrops no son una venta: son una renta distinta (lo vemos más abajo). El minado profesional, con equipos y organización propia, suele encajar en la actividad económica, no en la base del ahorro.

¿Cuánto se paga en 2026 en cada territorio?

La ganancia patrimonial por transmisión se integra en la base del ahorro. Desde el 1 de enero de 2026, la escala es progresiva, del 19% al 28%, e idéntica en los tres territorios.

Base liquidable del ahorro 2026TipoBizkaiaGipuzkoaÁlava
Hasta 7.500 €19%SíSíSí
7.500 a 15.000 €20%SíSíSí
15.000 a 30.000 €22%SíSíSí
30.000 a 50.000 €24%SíSíSí
50.000 a 90.000 €25,5%SíSíSí
90.000 a 120.000 €26%SíSíSí
120.000 a 240.000 €26,5%SíSíSí
240.000 a 300.000 €27%SíSíSí
Más de 300.000 €28%SíSíSí
Norma que fija la escalaNF 2/2025NF 1/2025NF 3/2025

Hasta 2025 el tipo máximo del ahorro era el 25%. Para ventas con plusvalías altas, decidir si vendes en diciembre o en enero puede cambiar el tramo en el que tributas.

¿Qué es el FIFO y cómo afecta a las permutas cripto-cripto?

FIFO significa que, si tienes unidades iguales compradas en fechas distintas, se entiende que vendes primero las más antiguas. Desde el ejercicio 2025 es obligatorio por ley en Bizkaia, Gipuzkoa y Álava.

El cambio tiene historia. En 2025 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco dictó tres sentencias (enero, marzo y abril) que negaban que las Haciendas forales pudieran exigir FIFO a las criptomonedas sin una norma expresa. Las tres diputaciones respondieron modificando el artículo 47 de sus normas de IRPF: Bizkaia con la NF 6/2025, Gipuzkoa con la NF 2/2025 y Álava con la NF 21/2025, todas con efectos retroactivos al 1 de enero de 2025. Gipuzkoa define como criptoactivos del mismo tipo los que “tengan su origen en un mismo protocolo informático”.

Las permutas (BTC por ETH o cualquier cripto por una stablecoin) son transmisiones. La ganancia se calcula con el valor de mercado en euros de lo que recibes en ese momento. El nuevo activo entra en tu cartera con ese valor como coste.

En Bizkaia, además, la pérdida por vender un criptoactivo fungible no se computa si recompras activos del mismo tipo en los dos meses anteriores o posteriores. Se integra cuando vendas esas nuevas unidades.

¿Cómo tributan el staking y otros rendimientos?

Las recompensas de staking se valoran en euros el día que las recibes y, según el criterio de Hacienda estatal (consulta DGT V1766-22), son rendimiento del capital mobiliario en la base del ahorro. Las Haciendas forales no han publicado un criterio propio distinto.

Ojo con la compensación. En los tres territorios la base del ahorro tiene dos compartimentos estancos: rendimientos del capital por un lado y ganancias y pérdidas patrimoniales por otro. Una pérdida por vender cripto no reduce la tributación de tus recompensas de staking ni de tus intereses. El saldo negativo se arrastra cuatro años, solo contra ganancias patrimoniales. Es más restrictivo que el régimen estatal, que permite cruzar hasta un 25%.

Cuando más tarde vendas las criptos recibidas por staking, su coste será el valor que declaraste al recibirlas.

¿Qué tengo que informar si mis criptos están en el extranjero?

Si tus criptos están custodiadas por plataformas fuera de España y su saldo supera 50.000 € a 31 de diciembre, presentas el modelo 721 entre el 1 de enero y el 31 de marzo del año siguiente. Solo vuelves a presentarlo si el saldo sube más de 20.000 € respecto a la última declaración o si dejas de ser titular.

En los territorios forales el modelo es el de la Hacienda Foral correspondiente. Álava lo aprobó con la Orden Foral 61/2024; Gipuzkoa, con la Orden Foral 571/2023; en Bizkaia la obligación existe, pero no hemos podido confirmar la orden foral concreta. Las criptos en un monedero propio (autocustodia) no se declaran en el 721.

La otra pieza es DAC8, la directiva europea que obliga a los exchanges a informar de saldos y operaciones de sus clientes. Bizkaia la incorporó con el Decreto Foral Normativo 3/2026, de 25 de junio (BOB del 3 de julio): las nuevas cuentas de criptoactivos quedan sujetas a diligencia debida desde el 1 de enero de 2026 y el incumplimiento de identificación se sanciona con 200 € por persona afectada. En territorio común existen los modelos 172 (saldos) y 173 (operaciones); las versiones forales de Gipuzkoa y Álava están pendientes de confirmar. En Grupo Asegi vemos cada vez más requerimientos que nacen de esta información cruzada.

¿Cuentan las criptomonedas en el Impuesto sobre el Patrimonio?

Sí. Se declaran por su valor de mercado al 31 de diciembre, igual que acciones o depósitos.

Patrimonio 2026BizkaiaGipuzkoaÁlava
Mínimo exento800.000 €700.000 €800.000 €
Exención vivienda habitual400.000 €300.000 €400.000 €
Tipo marginal máximo2%2,5%2,5%
Obligación de declarar si bienes brutos superan2.000.000 €3.000.000 € 2.000.000 €

Con carteras grandes, la suma de criptos y vivienda puede obligarte a declarar aunque no salga cuota a pagar.

¿Cuánto paga en Bizkaia quien vende cripto con ganancia? Un caso práctico

Con 74.805 € de ganancias y 600 € de staking en 2026, la cuota del ahorro en Bizkaia es de 17.503,28 €. El cálculo sería idéntico en Gipuzkoa y Álava, porque la escala es la misma.

Iker vive en Bilbao. Sin otras rentas del ahorro.

  1. Marzo de 2023: compra 1 BTC por 25.000 € más 50 € de comisión. Coste: 25.050 €.
  2. Junio de 2024: compra 0,5 BTC por 30.000 € más 60 € de comisión. Coste: 30.060 €.
  3. Febrero de 2026: vende 1 BTC por 85.000 € con 85 € de comisión. Obtiene 84.915 €. Por FIFO, vende el BTC de 2023. Ganancia: 84.915 – 25.050 = 59.865 €.
  4. Agosto de 2026: cambia sus 0,5 BTC por ETH. Valor de mercado: 45.000 €. Ganancia: 45.000 – 30.060 = 14.940 €. El ETH entra con un coste de 45.000 €.
  5. Recibe 600 € en recompensas de staking: rendimiento del capital mobiliario.
  6. Base del ahorro: 59.865 + 14.940 + 600 = 75.405 €.
  7. Cuota: 11.025 € (primeros 50.000 €) + 25.405 × 25,5% = 11.025 + 6.478,28 = 17.503,28 €.

Tipo medio: 23,21%. Si en vez de FIFO pudiera elegir el BTC de 2024 en la venta de febrero, la ganancia de ese año cambiaría, pero la norma no lo permite. Si Iker hubiera tenido además 5.000 € de pérdidas por otras criptos, restarían de los 74.805 € de ganancias, nunca de los 600 € de staking.

Preguntas frecuentes

¿Tengo que declarar si he perdido dinero con criptomonedas?

Sí, conviene declararlo siempre. La pérdida declarada puede compensar ganancias patrimoniales durante los cuatro años siguientes; si no la declaras, la pierdes.

¿Las stablecoins como USDC tributan igual?

Sí. Comprar una stablecoin con otra cripto es una permuta, y la ganancia se calcula aunque no hayas pasado por euros.

¿Pagar un café con bitcoin tributa?

Sí, es una transmisión. La ganancia es la diferencia entre el precio del café en euros y lo que te costó esa fracción de bitcoin.

¿Qué pasa con las ventas de 2025 que hice sin FIFO?

La reforma foral tiene efectos desde el 1 de enero de 2025, así que la renta de 2025 ya se calcula con FIFO. Para ejercicios anteriores, las sentencias del TSJPV de 2025 abren la puerta a revisar liquidaciones no prescritas.

¿El modelo 721 lleva sanción si me olvido?

El régimen sancionador específico de 2012 para el 720 fue anulado por el TJUE en 2022. Hoy aplica el régimen general de declaraciones informativas, con multas por dato omitido.